Elfacultativo que expide el parte médico de baja, confirmación o alta entregará sólo una copia del mismo al docente para su exclusiva constancia personal, siendo el Servicio Público de Salud, mutua o empresa colaboradora, el que remitirá los datos contenidos en los partes al INSS telemáticamente, que a su vez, enviará esa información
diariolaley- Documento. Nuevos partes médicos de baja, alta y confirmación de incapacidad temporal (Orden ISM/2/2023, 11 en.) 13/01/2023. Desde el 1 de abril de 2023, se suprime la obligación de entrega física a las personas trabajadoras de estos documentos. Se ha publicado, en el BOE de fecha 13 de enero, la Orden Enprimer lugar, se establece que será el Instituto Nacional de la Seguridad Social el que, por vía telemática, comunique a las empresas los datos identificativos de carácter meramente administrativo relativos a los partes médicos de baja, confirmación y alta de los trabajadores emitidos por los facultativos del servicio público de salud Ci1Wq. 78 346 46 96 391 50 222 26 60